Cuando hablamos de tarjetas revolving, hablamos de un producto financiero de cierta complejidad que ofrecen los bancos y entidades de crédito para que el cliente pueda pagar sus compras en “cómodos” plazos. En ROJANO ABOGADOS ELCHE, queremos ayudarte a entender el funcionamiento de este tipo de tarjetas y los peligros que tras ellas se esconden.
¿QUE SON LAS TARJETAS REVOLVING?
Todos en algún momento hemos sido usuarios de una tarjeta de crédito. Las tarjetas de crédito permiten, a la hora de hacer frente a las compras que realizamos, dos formas de devolver el capital dispuesto:
–Pagar las compras a final de mes o mes siguiente: En este caso no se generan intereses, siendo que, llegada la fecha establecida en el contrato, el cliente debe devolver las cantidades dispuestas.
–Pagar las compras de forma aplazada: En este caso, al contrario que en el supuesto anterior, si se generan intereses, que en muchos casos son abusivos y usureros.
Por ello, podemos concluir que las tarjetas revolving no son más que tarjetas de crédito que permiten a sus usuarios pagar sus compras de forma aplazada. Esta supuesta facilidad de pago que las entidades de crédito ofrecen a sus clientes es, sin embargo, su mayor peligro.
¿DÓNDE SE ENCUENTRAN LOS MAYORES PELIGROS DE LAS TARJETAS REVOLVING?
El mayor peligro de las tarjetas revolving se encuentra en su funcionamiento y en los altos intereses que las entidades de crédito y bancos imponen a sus clientes.
En cuanto a su funcionamiento, la entidad de crédito pone a disposición del cliente un determinado crédito o línea de crédito para que disponga de ella. A la hora de devolver el crédito concedido en una tarjeta revolving el usuario tiene dos opciones:
– Pagar un porcentaje: el cliente escoge qué porcentaje del saldo pendiente quiere devolver cada mes. En este caso el saldo pendiente se recalculará mes a mes.
– Pago fijo: el cliente paga una cuota fija, también dentro de unos mínimos y máximos que dependen de las condiciones de su tarjeta revolving. Esta es la modalidad más utilizada a día de hoy en la contratación de este tipo de tarjetas.
A medida que se va pagando la deuda contraída, con las cuotas y plazos acordados, el dinero que se abona vuelve a aumentar el saldo de crédito disponible y queda nuevamente a disposición del cliente para gastar. Es decir, el importe que el cliente va devolviendo puede reutilizarse por este. Es este sistema de funcionamiento lo que genera que los clientes se encuentren ante la situación de que una pequeña deuda o cantidad dispuesta, se convierta en una deuda perpetua.
Al funcionamiento complejo de estas tarjetas debemos añadir el hecho de que las entidades han estado aplicando intereses abusivos y desproporcionados, llegando a alcanzar el 27% TAE.
Por todo ello, cuanto menor sea la cuota pactada menor será la cantidad amortizada, llegando a convertir su deuda en una deuda perpetua.
¿PUEDO RECLAMAR MI TARJETA REVOLVING?
La respuesta es SÍ. Cualquier usuario de tarjeta revolving puede reclamar la nulidad de la misma debido a los altos intereses que las entidades de crédito imponen a sus clientes. En este caso estamos hablando de tarjetas usurarias conforme a lo establecido en el artículo 1 de la ley sobre Nulidad de los Contratos de Préstamos Usurarios de 1908.
En este caso, puedes recuperar lo pagado de más, debiendo abonar el cliente, únicamente, la cantidad que efectivamente se haya utilizado (sin intereses ni comisiones).
Por otro lado, las entidades de crédito suelen comercializar este tipo de productos de forma masiva y sin explicar al cliente de forma transparente el verdadero funcionamiento de las tarjetas revolving y las consecuencias que a efectos económicos pueden suponer para el cliente. Por ello, se puede solicitar la nulidad de las clausulas de intereses, pues no supera el doble control de transparencia.
Algunas de las entidades que comercializan este tipo de tarjetas son: WIZINK BANK, SANTANDER CONSUMER, CAIXABANK, BANKINTER, CARREFOUR PASS y entidades de microcréditos o prestamos rápidos como VIVUS, CREDITEA, COFIDIS…
Si tienes una tarjeta revolving llámanos o déjanos tú consulta gratuita, nuestros profesionales analizarán tú caso.
ROJANO ABOGADOS. Abogados en Elche, Provincia de Alicante y Murcia.